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La reforma constitucional va en camino: el Senado la aprobó por unanimidad

El proyecto plantea, entre otros temas, la limitación en la cantidad de veces que puede ser reelegido un gobernador y los mandatos de concejales.

Matías Giliberti

Que Pasa Salta

El primer paso ya fue dado con éxito para el oficialismo. Ayer el Senado Provincial aprobó de forma unánime el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo que declara la necesidad de reforma parcial de la Constitución Provincial.

En general, el proyecto aprobado, luego del acuerdo alcanzado por senadores y diputados, habilita a los convencionales constituyentes a modificar en parte los artículos 95 y 103, sobre cantidad de reelecciones de los legisladores provinciales; el 111, sobre la fecha de inicio de sesiones ordinarias en ambas cámaras y la adecuación del 137, que facultaba en años anteriores a la legislatura para la elección de los senadores nacionales y quedó obsoleto con las últimas reformas.

Además, la modificación del artículo 140, sobre cantidad de reelecciones de gobernador y vice; el 144 que adecúa el informe a la Asamblea legislativa del mandatario provincial sobre el estado general de la provincia a la nueva fecha de inicio de sesiones ordinarias.

En materia judicial, se habilitará la reforma del artículo 156, párrafos 1 y 3, sobre inamovilidad de jueces de corte y jueces inferiores. También se habilitará el artículo 169, sobre integración de la Auditoría General de la Provincia, promoviendo su integración con 3 miembros de la oposición y 2 del oficialismo.

En materia de Régimen Municipal, el acuerdo establece habilitar los artículos 170, sobre condiciones para la creación de nuevos municipios, pero no así de elección de delegados municipales; el 171, sobre número de concejales por población representada y no así el párrafo que hablaba sobre la creación de la figura del vice intendente; y el 172, sobre la duración del mandato de los ediles y cantidad de reelecciones a las que se pueden presentar.

Se acordó además que, al eliminarse la habilitación de la discusión sobre la figura del vice intendente, se eliminan también del tratamiento de los convencionales los artículos 180 y 182, que adecuaban este cargo en la estructura municipal.

Finalmente, establece el mecanismo de elección de los convencionales constituyentes, faculta al Poder Ejecutivo a realizar la convocatoria a elecciones de los mismos y les fija un plazo de 60 días después de su proclamación para completar la reforma de la carta magna.

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Comentarios

  • La trampa judicial

    Es la Politica que avanzó sobre el poder judicial y este sobre la politica. Pero desde una base ultraconservadora monarquica que nada tiene que ver con la Democracia. Sino con los intereses de dos sectores: el fascista confesional y mafiosa narcotraficante.

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  • Lamentablemente se encamina a una decadencia

    Salteños todos los demás articulos son lógicos. Pero la consolidación de una oligarquia conservadora medieval, mafiosa y retrógrada para un Narco Estado de la Provincia es en materia judicial, art 156, párrafos 1 y 3, "eternización de la basura" de jueces.

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  • Cerrillano

    Acá en Cerrillos hay muchos concejales que están al cohete,solo hablan de "derechos"pero nada de "obligaciones",hagan algo para que el Pueblo avance.

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  • devueltapaquito

    Porque no eliminan la cámara de Senadores,están al pedo,limiten la cantidad de concejales,para lo único que sirven "es dar subsidios",no sirven paraca.

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