#SaltaElige

No te duermas: si no podes ir a votar tenés que hacer esto para justificar

Por trabajo o por enfermedad, en caso de no votar hay que justificar en la Justicia Electoral.

Durante este domingo se lleva a cabo el balotaje 2023. En esta instancia, el diputado nacional y representante de La Libertad Avanza, Javier Milei, y el postulante de Unión por la Patria, Sergio Massa, se enfrentarán en las urnas para competir por la presidencial de la Nación. Se espera que los resultados sean muy peleados.

En total, hay 35.394.425 personas habilitadas para votar en el padrón electoral el próximo domingo en la segunda vuelta electoral, que se realizará entre las 8 de la mañana y las 6 de la tarde, horario en que cerrarán sus puertas los centros de votación.

¿Cómo justificar el no voto en el balotaje, paso a paso?

En caso de no asistir a sufragar en el balotaje, para justificar la ausencia, las personas deberán concurrir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre en ese momento. Una vez allí, se debe solicitar una certificación escrita que justifique su imposibilidad de sufragar.

Si el elector entre 18 y 70 años y no asistió a votar el día de la elección, para no formar parte del Registro de Infractores, tiene que justificar su ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones. Si no lo justifica, le corresponderá una multa y no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

El trámite también puede realizarse por internet de forma online. Para esto, deberá realizar la consulta en el Registro de Infractores al Deber Votar. Allí deberá ingresar el documento, el género, el distrito donde vota y el código de verificación. A continuación, se desplegará una lista con las clases de justificaciones para no asistir el día de los comicios. Se debe adjuntar la documentación que acredite el motivo seleccionado en la etapa anterior, colocar el número de teléfono y una dirección de correo electrónico.

Si el elector ya cuenta con multas a pagar, puede abonarse directamente en la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) con cualquier medio de pago digital, o bien de forma presencial en cualquiera de las sedes del Banco de la Nación Argentina (BNA) en efectivo, con Mercado Pago o con transferencia bancaria.

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Comentarios

  • 777028

    no tenes que hacer nada ,ya que la Ley de Votacion no tiene ningun parrrafo que aplique multa o infraccion,ya que si votas estas firmando un contrato social y pierdes la soberania privada

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