Accidente laboral

Salteño perdió la pierna trabajando y recibirá cifra millonaria como indemnización

La Cámara del Trabajo confirmó el fallo de primera instancia y habilitó una reparación integral por fuera del régimen de riesgos del trabajo.

La Sala I de la Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó una sentencia de primera instancia y ordenó a una empresa a pagar una indemnización civil de $29.164.109,26 a un trabajador que perdió la pierna izquierda en un accidente laboral ocurrido el 16 de junio de 2021. No trascendió de que empresa se trataría.

La empresa había apelado el fallo inicial alegando que el empleado ya había recibido una compensación por parte de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y que el accidente se debió a su propia responsabilidad, al ingresar a una zanja señalizada como prohibida. Sin embargo, la Cámara rechazó ambos argumentos.

Según consta en la resolución, el accidente ocurrió mientras el trabajador prestaba servicios para la empresa, y tuvo como consecuencia la amputación traumática supracondílea de su pierna izquierda. La lesión le provocó una discapacidad permanente, que no solo le impide retomar su labor habitual, sino que también lo inhabilita para cualquier otra actividad productiva.

Además de las consecuencias físicas, los jueces consideraron el impacto que el hecho tuvo en su vida íntima, privada y social.

La Cámara destacó que la firma no logró probar que la conducta del trabajador hubiera sido negligente o desobediente, como intentó argumentar. Por el contrario, sostuvo que el accidente fue consecuencia de falta de medidas de seguridad adecuadas por parte de la empresa.

En el fallo de primera instancia, el tribunal había declarado de oficio la inconstitucionalidad del artículo 4 de la Ley 26.773, que restringe la posibilidad de iniciar acciones civiles paralelas al sistema de ART. Esa decisión fue ratificada por los camaristas María Constanza Espeche y Sergio Osvaldo Petersen, quienes señalaron que la norma vulnera el principio de indemnidad consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

"El artículo 4 conculca el principio de indemnidad, ya que impide al trabajador acceder a una reparación integral, dejando sin resarcimiento total los daños sufridos", sostuvieron los jueces.

El trabajador también había apelado el fallo original por considerar insuficiente el porcentaje de incapacidad del 25% que se le había asignado. La Cámara dio lugar a su planteo y admitió la demanda por el monto total calculado, lo que permitió alcanzar la cifra de casi 30 millones de pesos por concepto de daños físicos, psicológicos, pérdida de capacidad laboral e impacto social.

Con este fallo, la justicia provincial vuelve a marcar un precedente en materia de reparación integral para trabajadores que sufren lesiones graves, avalando el acceso a la justicia más allá de las limitaciones impuestas por el régimen de riesgos del trabajo.

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Comentarios

  • Chloe

    Millonaria? Por perder una pierna? Las personas no somos descartables

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  • Nicolás

    Éso les parece una cifra millonaria, no alcanza para nada

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  • Justiniano

    La injusticia de Salta radica en que esos jueces corruptos y poco comprometidos con los trabajadores, le sacan 29 millones a la ART solo a los fines de pagarle a los abogados de la misma ART, que deben los hijos de ese juez o parientes porque todos son parientes ahi, porque seguramente el trabajador demandó por el doble y le hicieron lugar a la mitad o menos pero solo a los fines de recaudarle plata a la empresa para pagar a los abogados de la patronal.

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  • Javier

    de los 29 millones, los abogados se llevan la mitad.

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  • uuuuuu

    se agranda aun mas la industria del juicio laboral, los abogados chochisimos

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