Empresa reconocida debe pagar más de medio millón de pesos a un salteño
Los jueces Ricardo Lucatti y María Constanza Espeche puntualizaron que la sentencia de primera instancia determinó adecuadamente las diferencias salariales adeudadas al trabajador.
La Sala I de la Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a una empresa a pagar 514.697,82 pesos por los rubros: diferencias salariales, SAC proporcional 2019, vacaciones proporcionales 2019, indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, y multa a favor de un exempleado quien se desempeñaba como vendedor.
El convenio específico prevé que los vendedores pueden percibir remuneración por comisión, la cual puede ser accesoria o principal.
Y en el caso específico quedó demostrado que el exempleado percibía sueldo y comisión por aquellas ventas concertadas de la maquinaria. La empresa sostenía que las comisiones mensuales eran fijas mientras que el exempleado argumentaba que estas comisiones eran variables de acuerdo a las ventas de las maquinarias.
De hecho los recibos de sueldo analizados discriminaban claramente sueldo y comisión.
Los jueces Ricardo Lucatti y María Constanza Espeche puntualizaron que la sentencia de primera instancia determinó adecuadamente las diferencias salariales adeudadas al trajador cotejando lo percibido por éste en concepto de "sueldo" conforme recibos de sueldos acompañados por ambas partes, y lo que debía haber percibido conforme escala salarial vigente para la categoría vendedor confirmando en consecuencia lo resuelto y desestimando el recurso de apelación de la patronal.
Xq no ponen el nombre de la empresa??
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Ahora te buscas 7n plan, ganas mas guita y encime No trabajas. Aprovecha, como miles que lo hacen.
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esaa con esa guitita le va alcanzar pa 1/2 kg de asaoo una cebolla y con suerte una tira de pan
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