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Comercios ya no deberán pagar aportes obligatorios a cámaras sectoriales

A partir de este lunes, el decreto 149/2025 elimina la obligatoriedad de los aportes al INACAP, que recaudaba más de $70.000 millones anuales.

Un importante cambio en las cargas impositivas para el sector comercial entró en vigencia este lunes 2 de junio. Mediante el Decreto 149/2025, el gobierno nacional eliminó la obligatoriedad de los aportes que los comercios debían realizar al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP).

Este sistema, vigente desde hace 17 años, representaba una recaudación superior a $70.000 millones anuales y afectaba a todos los empleadores del convenio colectivo de Comercio, el más amplio del país con 1,2 millones de trabajadores registrados. Hasta ahora, los comercios debían pagar mensualmente el 0,5% del salario inicial de la categoría Maestranza A por cada empleado, lo que en marzo equivalía a $4.725,02 por trabajador, independientemente de si recibían o no capacitación.

El cambio más significativo es que estos aportes pasan a ser voluntarios y se prohíbe expresamente imponer cargas similares a empleadores no afiliados a cámaras empresariales. Además, el decreto establece que aquellos comerciantes que hubieran aceptado previamente este pago podrán revocarlo en cualquier momento.

La medida fue bien recibida por pequeños y medianos comerciantes, quienes consideraban estos aportes como un "impuesto encubierto" sin una contraprestación clara en materia de capacitación laboral. Sin embargo, desde algunos sectores empresariales advierten que sería conveniente consolidar esta reforma mediante una ley para evitar posibles cambios futuros.

Un alivio fiscal para el sector comercial que busca dinamizar la actividad económica, aunque su impacto a largo plazo aún genera debate entre los diferentes actores del sector.

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