Avanza el caso

El "castigo" que recibirían los trabajadores que vinieron con coronavirus a Salta

Dos choferes, el dueño de un colectivo y dos trabajadores salteños fueron imputados por el fiscal federal Francisco Snopek, por la propagación de "una enfermedad peligrosa".

La Unidad Fiscal Salta, representada por el fiscal general Francisco Snopek, lleva adelante la impugnación de una resolución judicial que redujo la calificación penal de cinco imputados detenidos el 23 de abril pasado, cuando se descubrió que habían incurrido en violaciones a las medidas sanitarias dispuestas en prevención por la pandemia del COVID-19.

Según lo informado por Fiscales Penales Salta, la decisión judicial impugnada fue adoptada por el juez federal de Garantías 1, Julio Bavio, quien en la audiencia de clausura del caso, seguido bajo el proceso de flagrancia, resolvió admitir parcialmente la acusación de la fiscalía, pero la limitó solamente al delito establecido por el artículo 205 del Código Penal, que se aplica para las infracciones a las medidas sanitarias preventivas.

El caso tiene como imputados a dos trabajadores golondrinas que regresaban a Salta procedentes de Río Negro, dos choferes y el dueño de la empresa de transporte Azabache, quienes estaban al frente de un colectivo de larga distancia en el que viajaron los obreros, uno de los cuales había mantenido contacto con un paciente contagiado con Coronavirus.

Al momento de formalizar la imputación, la fiscalía lo hizo no sólo por el artículo 205 sino también el 202 en concurso real, referido a la propagación de una enfermedad peligrosa, calificación que también impuso a los dos choferes y el dueño de la empresa, pues conocían la situación de los dos trabajadores que transportaba ilegalmente y el peligro que ello representaba.

Esta imputación fue aceptada por el juez Bavio en la primera audiencia e incluso se aceptó el secuestro del colectivo en cuestión, sin embargo y al cumplirse los diez días establecido para la audiencia de clausura, el magistrado consideró que no existía el concurso real sino ideal y redujo la calificación penal a solo el delito de infracción a la medidas sanitarias. Así, la expectativa penal cayó de una posible condena máxima de 15 años de prisión a 2, lo que sería incluso de cumplimiento condicional. 

La resolución se completó con la decisión de entregar el colectivo secuestrado a su propietario, en calidad de depositario judicial, con lo cual desechó el pedido formal de la fiscalía de que sea decomisado, tal como lo establecen las normas penales vigentes en busca de desalentar esta conducta delictiva.

Sobre el dueño del micro y los choferes, Snopek había sostenido que violaron las medidas "anti epidémicas adoptadas por las autoridades nacionales en el marco de la emergencia sanitaria y otras normativas complementarias, como así también haber contribuido de un modo esencial en la propagación de esa enfermedad". 

Ello habría sido así por haber permitido que los dos trabajadores golondrinas ascendieran al colectivo "sin declararlos en la nómina de pasajeros". 

A ello se sumó que el 21 de abril, en pleno viaje, "habían tomado conocimiento que aquellos dos pasajeros no declarados eran contacto estrecho de un caso sospechoso de COVID 19, mientras que a partir del día 22 pasaron a catalogarse como contacto directo en los términos del Decreto 260/1/2020, e igualmente continuaron viaje hacia el norte del país, sin dar aviso a las autoridades en los múltiples controles que fueron atravesando".

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Comentarios

  • castigo?

    Cristina de vicepresidente, el condenado criminal Boudou en su casa cagandose de risa y los van a meter presos a estos infelices???

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  • JUANCITO

    TENIAN QUE SER NEGROS PUTOS.... TODOS DEL CUERVO VALIJA Y YUTOS..... CAGANDO A LA GENTE....TRAYENDO LA PESTE A SALTA.....ES MAS ELLOS YA SON UNA PESTE....LPMQLMP....

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