Norteño negó la paternidad a su hija y ahora deberá pagar una fortuna
La justicia dictó una sentencia histórica para proteger los derechos de los niños.
Un hombre en Jujuy fue condenado a pagar 40 millones de pesos en concepto de daño material y moral tras negarse durante años a reconocer a su hija. La sentencia, dictada por la Cámara en lo Civil y Comercial - Sala I, también le impone el pago de las costas del juicio, en una decisión que busca sentar un precedente en la protección de los derechos de los niños.
La jueza Elba Rita Cabezas destacó que el derecho a la identidad y al reconocimiento como hijo son fundamentales y están protegidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales. Según la magistrada, la negativa del padre constituye un hecho ilícito que causó un daño irreversible a la niña, lo que justifica la millonaria indemnización.
El caso se remonta a 2004, cuando el hombre se negó a reconocer a su hija tras una relación con la madre. Ante su rechazo, la mujer inició una demanda de filiación, que en 2012 concluyó con un fallo favorable tras un análisis de ADN que confirmaba la paternidad con una certeza del 99,99%. A pesar de la prueba irrefutable, el demandado siguió dilatando el proceso durante años, privando a su hija del derecho a ser reconocida por su progenitor.
Durante el juicio, se presentó evidencia contundente, como fotografías en las que el hombre aparece junto a la madre durante el embarazo y la prueba de ADN que confirmó su paternidad. La jueza subrayó que todo hombre identificado como posible padre tiene la obligación de someterse a pruebas genéticas para garantizar el derecho del niño.
Dado que la menor solo obtuvo el reconocimiento legal en 2012, la jueza consideró que la actitud del demandado representó un daño significativo en su desarrollo, razón por la cual se procedió con la demanda por daños y perjuicios. La sentencia enfatiza que pocas acciones son tan graves como negar la paternidad, pues afectan profundamente el bienestar y la identidad de los hijos.
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