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Una buena noticia, internet gratis para todos: enterate como acceder al beneficio

Desde Marzo, el ENACOM comunicó que el "Programa de Conectividad" consiste en llevar internet gratis a los barrios populares.

QPS Sociedad

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses)  y el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) brindan la posibilidad de que los titulares del monotributo puedan acceder a una conexión a internet de manera 100% bonificada.

Para obtenerlo, es necesario tener o tramitar la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU).

En caso de precisar la asistencia, se debe seguir los siguientes pasos:

- Descargar la Declaración Jurada que se encuentran en la página web oficial del gobierno: argentina.gob.ar

- Completar el documento.

- Enviarla a los prestadores de los servicios que sean necesarios, a través de los canales de atención habilitados.

¿Quiénes pueden acceder al programa Conectividad?

- Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

- Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos -Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.

- Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

- Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y sus hijos entre 16 y 18 años.

- Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.

- Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

- Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

- Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

- Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.

- Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

- Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

- Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.

- Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.

- Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218.

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Comentarios

  • Nino

    Para los votos de los planeros

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  • Yo

    No es gratis lo pagamos todos ! Los planetas estos reciben todo de arriba

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  • o sea..

    o sea: es mas corto y fácil enumerar quienes SI deben pagar el servicio.

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  • devueltapaquito

    Más vagos,den trabajo,todo el día viendo G.H.

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