La Justicia anuló el protocolo antipiquetes por restringir el derecho a la protesta
El juez Martín Cormick declaró la nulidad del protocolo implementado en 2023 durante la gestión de Patricia Bullrich. Aseguró que afectaba garantías constitucionales básicas como el derecho a manifestarse.
A días de finalizar el año, la Justicia dio un duro revés a uno de los pilares del discurso oficialista sobre seguridad. El juez Martín Cormick, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, declaró este lunes la nulidad del llamado "protocolo antipiquetes" que había sido implementado en diciembre de 2023 por la entonces ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
La decisión judicial se tomó tras un amparo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que advirtió que la resolución 943/2023 violaba derechos constitucionales como la libertad de reunión, la libertad de expresión y el derecho a peticionar a las autoridades.
"La protesta social no puede ser tratada como un delito penal que justifique un accionar represivo inmediato por parte de las fuerzas de seguridad sin intervención judicial", sostuvo el magistrado en su fallo.
Qué establecía el protocolo
El protocolo habilitaba a las fuerzas federales a intervenir de forma inmediata en protestas, manifestaciones o cortes de ruta, bajo el argumento de "flagrancia delictiva", sin necesidad de orden judicial. Además, permitía tareas de inteligencia para identificar manifestantes mediante fotos, videos o agentes encubiertos vestidos de civil.
Para el juez Cormick, estas disposiciones exceden las atribuciones del Poder Ejecutivo y representan una intromisión directa en derechos garantizados por la Constitución. Señaló que el Ministerio de Seguridad no puede dictar normas que restrinjan libertades fundamentales ni reemplazar decisiones que deben ser exclusivamente judiciales.
Inteligencia ilegal y represión indiscriminada
Otro punto central del fallo fue la crítica a las prácticas de inteligencia permitidas por el protocolo. Según el juez, autorizar filmaciones, seguimientos y registros sin control judicial vulnera la Ley de Inteligencia Nacional, que prohíbe al Estado recolectar información sobre personas por razones ideológicas o políticas.
Además, advirtió que la norma no contemplaba distinciones ante la presencia de grupos vulnerables como niñas, niños, personas mayores o con discapacidad, lo que podría derivar en intervenciones indiscriminadas con consecuencias graves.
Qué dice ahora la Justicia
La sentencia obliga al Ministerio de Seguridad a abstenerse de aplicar el protocolo y a ajustar su accionar a las leyes procesales vigentes. Aunque el Gobierno nacional puede apelar la decisión, el fallo marca un límite claro a la criminalización de la protesta social.
Cabe recordar que la semana pasada el mismo juez Cormick ya había dictado otra resolución relevante: conminó al Ejecutivo a cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, también en respuesta a una acción judicial del CELS.



Y el derecho a transitar libremente??? Bien, gracias.
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La justicia Argentina es de terror.
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Sos un bruto total
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Los manifestantes son gente laburante y que no les alcanza y tienen derechos, mientras que los delincuentes son los que gobiernan y si no lo entienden vuelvan a la escuela. Gracias juez.
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Que protesten sobre la vereda SIN JODERLE LA VIDA AL QUE ESTA TRABAJANDO
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cuando un fallo le pone color partidista a su pronunciacion, deja de ser justicia
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Yo necesito transitar libremente , quien me da esa garantia?
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Ma
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Sopapo y a la casa calladito
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Están dando sopapo
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Harto de estos defensores de delincuentes
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Tro lito
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Hay que ponerlo al "garantista" este en la 1ra línea de fuego asi aprende un poco.
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Está es la justicia que no hace justicia.
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