Crece la angustia

Desaparición de David Sulca: el fiscal dio a conocer las hipótesis que manejan

David Sulca permanece desaparecido desde el pasado 15 de septiembre. Descartan que las manchas encontradas por su familia sean de sangre.

En mula, David Sulca (21) salió de su casa en Las Capillas el pasado 15 de septiembre rumbo al paraje Potrerillos y desde entonces permanece desaparecido. El joven es buscado intensamente en la zona de la quebrada por fuerzas de seguridad bajo la dirección del fiscal penal de Rosario de Lerma, Federico Jovanovics, quién solicitó este miércoles a la Policía que se actualice el plan en base al Protocolo de Búsqueda de Personas.

Según publicó Fiscales Penales Salta, Jovanovics afirmó además que "ante la hipótesis de que siga vivo, también hacer una búsqueda en toda la zona de los puestos, las localidades y la parte urbana", es decir que esté en otro lugar y aclaró que esa hipótesis nunca se descartó y, por lo tanto, debe enfocarse la búsqueda en esos lugares.

El fiscal sostuvo que si David Sulca logró bajar a alguna localidad o algún puesto, puede seguir con vida. Según el fiscal, las posibilidades son que haya logrado bajar y siga con vida o que se haya quedado arriba y haya fallecido y que su cuerpo no se haya encontrado todavía, por la inaccesibilidad del terreno. Por lo tanto, no se descarta la posibilidad de que él haya logrado bajar y que probablemente se haya refugiado, en estado de confusión.

También destacó que de los peritajes hechos al teléfono celular encontrado, no surgió ningún elemento de utilidad o pista de relevancia para la investigación.

A su vez, el fiscal descartó que fuera sangre el supuesto rastro encontrado por familiares de David Sulca.

Finalmente, el titular de la fiscalía de Rosario de Lerma reiteró que sigue la búsqueda de acuerdo a los pasos del Protocolo de Actuación para Búsqueda de Personas Extraviadas, aprobado mediante Resolución N°423 del Ministerio de Seguridad de la provincia de Salta, el 30 de mayo de 2016.

¿En qué consiste el Protocolo?

El Protocolo establece que el Estado tiene el deber de investigar efectiva y adecuadamente el extravío de personas, en el marco de los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina (Artículos 8°, 25° y 1.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos).

Dentro del Protocolo se establecen y especifica el Procedimiento a seguir para el caso de extravío de una persona, entre los que se cuentan: 1. Alerta de extravío; 2. Registro de denuncia; 3. Autorización de publicación de imágenes de la persona extraviada; 4. Intervenciones inmediatas: aquí, una vez radicada la denuncia, se indica que deberá darse inmediata y simultánea intervención al Centro de Coordinación Operativa (CCO), a la Unidad de Análisis Criminal (UNAC), al jefe de la dependencia policial que corresponda al lugar del hecho, al fiscal penal que por jurisdicción corresponda y a la Secretaría de Niñez y Familia del Ministerio de Primera Infancia y a la Asesoría de Menores e Incapaces, si la persona extraviada fuera un menor de edad; 5. Registro de Personas Extraviadas: pertenece a la Unidad de Análisis Criminal y se encarga de concretar las denuncias de extravío de personas que ocurran en toda la provincia y que se registran en un Único Sistema Informático de Registro de Denuncias; 6. Inicio del Proceso de Búsqueda: en este ítem se indica que las denuncias de extravío de personas se inician de manera inmediata y reciben tratamiento urgente (código rojo), en todas las instancias del procedimiento.

Por último, en su Anexo II, la resolución enumera una serie de Diligencias policiales listadas por el Ministerio Público Fiscal.

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