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Es oficial

Anularon la perpetua de Paola Ortiz por la muerte de su beba y quedó libre tras casi 14 años

La Justicia redujo la pena de Paola Verónica Ortiz a 13 años, 9 meses y 26 días, exactamente el tiempo que ya llevaba presa. El fallo tuvo en cuenta el contexto de vulnerabilidad que atravesaba al momento del hecho.

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Victoria Alvarez

Victoria Alvarez

Periodista y redactora de Que Pasa Salta. Lic. en Comunicación.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba resolvió este martes revisar una condena que llevaba más de una década firme y ordenó la libertad inmediata de Paola Verónica Ortiz, quien había recibido prisión perpetua en 2015 por la muerte de su hija recién nacida.

La nueva resolución no la absolvió. El máximo tribunal provincial mantuvo su responsabilidad penal por homicidio calificado por el vínculo, pero consideró que existieron circunstancias extraordinarias de atenuación y fijó una nueva pena equivalente al período que ya había permanecido detenida.

La decisión fue firmada por los jueces Sebastián Cruz López Peña, Aída Tarditti y María Marta Cáceres de Bollati.

Anularon la perpetua de Paola Ortiz por la muerte de su beba y quedó libre tras casi 14 años

Qué ocurrió en 2012

El hecho se produjo el 31 de octubre de 2012 en Villa Nueva, departamento General San Martín, Córdoba. Según la sentencia original, la Justicia consideró probado que la beba nació con vida y que Ortiz no cortó el cordón umbilical ni pidió asistencia médica.

La causa había llegado al juicio bajo la calificación de abandono de persona seguido de muerte, pero durante el debate judicial se modificó el encuadre y la mujer terminó recibiendo prisión perpetua.

Por qué revisaron la condena

El Tribunal Superior entendió por unanimidad que la sentencia dictada en 2015 no había valorado adecuadamente las circunstancias personales y sociales que atravesaba Ortiz.

Entre ellas se mencionaron su situación de pobreza, violencia, precariedad habitacional y aislamiento social. En 2012, la mujer ya era madre de tres hijos, no había completado la escuela primaria, no contaba con empleo formal y vivía en una habitación prestada.

Las pericias realizadas en aquella época también describieron una personalidad frágil e inmadura y señalaron dificultades para dimensionar racionalmente el peligro durante el parto.

La defensa había pedido revisar el caso

El planteo para modificar la sentencia fue presentado el 22 de abril de 2024 por las abogadas Julia Alejandra Luna y Rocío Pilar García Garro, integrantes de la Guardia de Abogadas Feministas de Católicas por el Derecho a Decidir.

La defensa sostuvo su pedido en un informe obstétrico y en la aplicación de criterios de perspectiva de género desarrollados posteriormente por el propio Tribunal Superior.

Sin embargo, por mayoría, los jueces rechazaron considerar ese informe médico como una prueba nueva y entendieron que se trataba de una reinterpretación de elementos ya evaluados durante el juicio.

Ordenaron su liberación inmediata

Después de establecer la nueva pena, el Tribunal Superior remitió las actuaciones de forma urgente a la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa María para que hiciera efectiva la libertad.

Ortiz cumplió la mayor parte de la condena en el penal de Bouwer. La resolución vuelve a poner en debate la forma en que la Justicia analiza casos atravesados por situaciones de vulnerabilidad, violencia y emergencias obstétricas.

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Comentarios

  • apretado

    Muuy vulnerble, pero para abrirse de patas era campeona!

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  • YO

    ah bueno, ahi va...con perspectiva de genero

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  • Sincero

    La justicia cirdobesa está justificando el asesinato de una beba solo porque su madre se encontraba en una situación de vulnerabilidad. Que gran justicia tienen los cordobeses

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