Abusos en la Iglesia

La Corte de Salta sobreseyó al excura Lamas: exigen que se revoque el fallo

El Ministerio Público Fiscal llevará el caso a la Corte Suprema de la Nación

Matías Giliberti

Que Pasa Salta

En 2021, Emilio Lamas fue condenado y perdió el estado clerical luego de que lo encontraran culpable los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por sacerdote y por la guarda y promoción a la corrupción de menores agravada. Sin embargo, la Corte de Salta decidió que debía quedar firme su sobreseimiento por prescripción de la acción penal. 

Lamas fue beneficiado por el voto de la mayoría, expresado por el presidente de la Corte, Guillermo Alberto Catalano, las juezas de Corte, Sandra Bonari, María Alejandra Gauffin y Teresa Ovejero Cornejo y su par, Sergio Fabián Vittar. 

Desde el Ministerio Público Fiscal se anunció que recurrirán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que deje sin efecto el punto I del pronunciamiento del Alto Tribunal salteño. 

La justificación

Entre otros argumentos, el pronunciamiento de la Corte de Salta l refiere que "como bien señala Claus Roxin, -la prohibición de retroactividad goza de una permanente actualidad político- jurídica por el hecho de que todo legislador puede caer en la tentación de introducir o agravar a posteriori las previsiones de pena bajo la impresión de hechos especialmente escandalosos, para aplacar estados de alarma y excitación políticamente indeseables", y sostiene que entonces "impedir que se produzcan tales leyes ad hoc, hechas a la medida del caso concreto y que en su mayoría son también inadecuadas en su contenido como consecuencia de las emociones del momento, es una exigencia irrenunciable del Estado de Derecho".

"Tiene dicho que el instituto de la prescripción constituye la renuncia del Estado a la potestad represiva, en tanto cumple un relevante papel en la preservación de la defensa en juicio al impedir que los individuos tengan que defenderse respecto de acusaciones en las cuales los hechos básicos han quedado oscurecidos por el paso del tiempo y al minimizar el peligro del castigo estatal por hechos ocurridos en un pasado lejano", dice el polémico fallo. 


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Comentarios

  • SE AJUSTA A DERECHO

    "Preservación de la defensa en juicio al impedir que los individuos tengan que defenderse respecto de acusaciones en las cuales los hechos básicos han quedado oscurecidos por el paso del tiempo y al minimizar el peligro del castigo estatal por hechos ocurridos en un pasado lejano".En otras palabras : NO HAY PRUEBAS QUE DEMUESTREN LA ACUSACIÒN.

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  • Profe

    No me sorprende para nada este fallo de los jueces salteños, y le deseo mucha suerte a este ex cura a la hora en que Dios lo juzgue porque ahí si la necesitara

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    • TRONCHATORO VERGATIESA

      Dios no existe, estúpido adoctrinado. Hay mucha información en distintas áreas de la ciencia, que demuestran la inexistencia de cualquier dios. A lo que se le suma las contradicciones de las "sagradas escrituras".

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