Lo que viene

Ya salió el DNU de Nación: qué restricciones habrá para Salta y cuáles actividades están liberadas

El decreto advierte que Salta está en etapa de aislamiento social preventivo y obligatorio.

Ya salió el Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por el presidente Alberto Fernández y confirmó que Capital, Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Orán entran en la etapa de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el 11 de octubre. El resto de los departamentos de la provincia, con el visto bueno de los intendentes están en la etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio. 

Cuáles son las actividades que quedan exceptuadas de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a obra pública.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6° inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA autorice.

25. Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20 artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

26. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

27. Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

28. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1° incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

29. Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

30. Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES-, en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1.

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Comentarios

  • Laura

    Y si salís te cagan a balazos? Como vienen haciendo. Se creen los dueños de la vida de la gente y nos están matando como perros. Andate Saenz sos peor que el virus.

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  • Edu

    Das asco Saenz, en poco más de medio año solo provocarte muerte y pobreza. Sos la peor mierda, vaciaste el estado de guita te cagaste en dar la cara.

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  • nestor

    abren los bancos, listo mañana se llena el centro

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  • Apocalipsis

    están todos exeptuados del dnu jajajaj, esto es una joda, no tienen bien puestos los pantalones para una fase 1 de verdad , cada ves hay más contagios .

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  • Cafayate

    Una vez más, se nota la inoperancia de este gobierno. Este gobernador, en realidad tiene ganas de seguir siendo el mandamás de Salta??? No le sale una!!! Quienes los asesoran, lo llevan al fracaso. No pegamos una los salteños. 12 años de romerismo, 12 años de corrupción de los ortoboy y ahora este.

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  • CARADURA

    A QUE HORA HABLA EL FIGURETTI BORRACHIN? DALE SOPETI, SOS UN CAPO GOBERNANDO!

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  • Dylan el perro progresista

    Yo le ladre este decreto al oido, pero parece que le falta el prologo sobre como el merito no es deseable. Bueno voy a ladrar mas claro

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  • Maru

    Totalmente decepcionada de un gobierno provincial de mediocres e incapaces escondidos en sus ratoneras Son unos mamarrachos con pelotas. Vaginas hay pocas y también un desastte

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  • OBRAS PUBLICAS CCM

    NOS QUIEREN SOMETER A TRABAJAR YA NOS ESTAN MANDANDO WASAPT PARA QUE VAYAMOS A ACOMODAR TODAS LAS CAGADAS QUE HACEN
    QPS PUEDO MANDARTE LOS MENSAJES QUE NOS MANDAN ASI LO PUBLICAS

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    • SE TERMINO LA JODA

      SI UN EMPLEADO SE INFECTA LA SEÑORA BETTINA SE VA A HACER CARGO O NOS VA A DAR VUELTA LA CARA

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    • Que nos suban el sueldo

      Donde estan el 15 % de suba salarial que nos deben quieren hacernos trabajar y someternos a la pandemia que nos paguen todo lo que nos deben

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    • Corona&vino

      Desgobierno Comunista fuera Alcerdo y la Yegua !!!!

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  • PANCHO LAURENCI

    A MI ME QUIEREN HACER TRABAJAR EN LA MUNICIPALIDAD POR QUE TRABAJO EN LA ADMINISTRACION DE OBRAS PUBLICAS , DONDE PUEDO DENUNCIAR A MI JEFE

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    • LM

      Anda a laburar!! Para eso te pagamos el sueldo!

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    • Jose

      Agradece q tenés laburo y no lo perdiste por la pandemia. Labura. Vago.

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    • Yo

      Anda a laburar vago!!!!!!

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    • Que verguenza

      Van a seguir derochando plata en obras pedorras en vez de gastar ese dinero en comedores y ayuda a los desempleados
      Ya que estas ahi conto todo lo que hacen

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    • Carlos

      Trabaja ocioso, si para eso te pagan

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