Crece la expectativa

La Justicia de Misiones falló a favor de los damnificados por los planes de autoahorro: ¿y en Salta?

El fallo obliga a las compañías a retrotraer el valor de las cuotas mensuales de los contratos de adhesión al mes de abril de 2018.

La Justicia de Misiones sentó un precedente que fue visto como muy buenos ojos en Salta y otras provincias. El Juzgado Federal de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y de lo Contencioso Administrativo de Posadas falló a favor de los damnificados por los planes de autoahorro. A través de la medida cautelar, las compañías se ven obligadas a retrotraer el valor de las cuotas mensuales de los contratos de adhesión al mes de abril del 2018.

De esta forma, queda establecido que a partir del mes de mayo 2018 las cuotas podrán incrementarse según la variación mensual del Índice de Salarios del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina. A su vez, aclaran que se entiende por "cuota mensual" el valor final abonado por el consumidor, debiendo formularse este recálculo a la fecha de la próxima cuota a liquidar y para todos los miembros de la clase representada, salvo aquellos que expresamente manifiesten su voluntad de excluirse de los efectos de esta medida.

La noticia generó mucha expectativa en Salta y alimentó la confianza del representante de los damnificados por los planes de autoahorro, Rubén Quispe, quién vaticinó algo similar para la provincia norteña hace un par de días (ver link).


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