Alerta máxima

En un lugar de Salta prohiben la venta bebidas alcohólicas los findes y feriados

La medida es por el creciente aumento de casos y el fallecimiento de un vecino. Además se restringe la actividad gastronómica y el ingreso y egreso de las personas al municipio.

Tras la confirmación del fallecimiento de una persona a quien el resultado del hisopado dio positivo para Covid-19 en Metán, el COE local estableció medidas para evitar la propagación del virus, teniendo en cuenta que existe una importante cantidad de personas aisladas y muestras a la espera de resultados.

La municipalidad de Metán indicó que las medidas tienden fundamentalmente a restringir la circulación de la población y a llamar a la concientización sobre la responsabilidad individual y social en el cumplimiento de las mismas, para evitar un exponencial crecimiento de casos en nuestra Ciudad.

Las medidas resueltas

ARTICULO Nº 1: Suspender por 14 días los viajes que realice cualquier residente de San José de Metán fuera de esta Ciudad, salvo las excepciones expresamente establecidas en las disposiciones vigentes a nivel nacional y provincial y/o casos de fuerza mayor.

ARTICULO Nº 2: Restringir el ingreso a esta Ciudad de personas provenientes de otros Municipios, salvo las excepciones expresamente establecidas en las disposiciones vigentes a nivel nacional y provincial y/o casos de fuerza mayor.
Se establece como horario de ingreso al Municipio de 08:00 a 18:00 hs.

ARTICULO Nº 3: Los locales gastronómicos y confiterías funcionarán de 08:00 a 20:00 hs. con atención al público y con posterioridad a ese horario podrán hacerlo solo con modalidad delivery hasta las 00:00hs.
En relación a los locales comerciales, se establece como horario de cierre las 20:00 hs.
El ingreso a los locales comerciales y gastronómicos será controlado mediante terminación de DNI, siendo PAR para los días lunes, miércoles y viernes e IMPAR para los días martes, jueves y sábados.

En relación a las actividades deportivas permitidas, se establece que las mismas podrán practicarse de 08:00 a 20:00 hs.

ARTICULO N° 4: Se establece la prohibición de venta de bebidas alcohólicas los días viernes, sábados, domingos y feriados.

ARTICULO N° 5: SE DEJA EXPRESAMENTE ESTABLECIDOQUE: Cualquier tipo de incumplimiento de la presente resolución implicará la aplicación de todas las sanciones vigentes y motivarán incluso el inicio de acciones penales.
La persona que infrinja esta disposición deberá realizar el aislamiento obligatorio en los lugares que dispongan las autoridades de Comité Operativo de Emergencia de de San José de Metán.

Se aconseja la utilización de barbijos, mantenimiento del distanciamiento social, no compartir utensilios ni vajillas y extremar las medidas de higiene personal y de su residencia.


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Comentarios

  • gaucho macho

    Y en capital? para cuando... cuantos tienen que morir. Vasta !!! de amiguismo...

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