Escándalo en los juzgados

Tildaron de "disparate y aberración jurídica" la causa contra el Juez Federico Diez

Así lo afirmó el abogado y especialista Gustavo Vitale, durante su paso por la ciudad de Salta.

Gustavo Vitale es Defensor Público por Argentina ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; profesor universitario de Derecho Penal y de Posgrados en varias universidades argentinas, además de autor y co autor de diversos libros y artículos especializados.

En una charla con Cadena365.com explicó que conoce sobre la causa que le sigue al Doctor Federico Diez de Salta por violencia de género, cuando el mismo juez le solicitó que se interiorice para darle su opinión.

Al respecto, y a modo de análisis de la misma, Vitale consideró que "es una causa que no se justifica de ninguna forma. Yo en alguna otra entrevista aquí en Salta dije que era un disparate, y realmente es un disparate. Es una causa que, si el imputado fuese Juan Pérez, o fuera una persona desconocida, hace rato estaría terminada, y hubiera estado sobreseído. Esto lo digo por muchas razones jurídicas, no es porque se me ocurra nada más, sino porque hay razones jurídicas de peso que indican que la ley aparece violada de distinta forma y, justamente por esas violaciones a la ley, todavía se lo mantiene vinculado a la causa".

Explicó que su opinión "surge del análisis de la imputación por lesiones, por ejemplo. Es una imputación que sería en realidad una legítima defensa a favor del Dr. Diez, porque él es al que agreden cuando va manejando un auto y para evitar un accidente en una ruta, trata de impedir que lo sigan atacando y las lesiones que se han probado son todas compatibles con esa versión. Pero lo importante, más allá de que cada uno pueda tener su posición sobre esto, cuando una persona, y sobre todo cuando una persona acusada de un hecho, -en realidad son los dos acusados porque son denuncias cruzadas, es decir tanto esta mujer lo denuncia al Dr. Diez como el Dr. Diez también la denuncia a ella-, cuando una persona declara una eximente, es decir actuó en legítima defensa, ya sea para evitar que le sigan agrediendo, porque quiera detener esa agresión, aunque esa detención provoque alguna lesión en la otra persona, el objetivo del acto, el fin del acto es evitar seguir siendo agredido. Cuando uno invoca esto, las propias legislaciones de todo el mundo y la legislación de Salta también, establece la obligación del órgano acusador, sería la Fiscal, la obligación de investigar esa hipótesis, o sea la Fiscal no tiene que investigar solamente la hipótesis de hecho del denunciante, sino que tiene que también investigar la hipótesis de hecho del denunciado, de la persona acusada".

El especialista en derecho indicó que "en ésta causa concreta, que se le sigue a él, yo la primera confrontación con la ley que advierto, es que no se cumple con una disposición legal que manda a investigar con toda objetividad, incluso a favor del acusado, es ver si concurrió o no una causa de justificación que en este caso sería una legítima defensa. Eso está claramente expresado en el Código Procesal Penal de Salta, cuando en el art. 77 habla sobre el deber que tienen los fiscales de obrar con objetividad, dice el código: "El Ministerio Público Fiscal ajustará sus actos a un criterio objetivo, velando por la correcta aplicación de la ley penal y por el cumplimiento efectivo de las garantías que reconocen la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y la Constitución de la Provincia de Salta".

Agregó que el rol del fiscal es investigar todos los hechos y no quedarse con una versión: "Una de esas garantías, es la defensa en juicio. Si alguien defendiéndose en el juicio dice, a mí me atacaron y no me quedó otra alternativa que actuar así, eso tiene que ser investigado. Fíjese que el art. 77 sigue diciendo "el fiscal deberá investigar el hecho descripto y las circunstancias que permitan comprobar la imputación, como también deberá investigar las circunstancias que sirvan para eximir de responsabilidad al imputado".

¿En este caso no se investigó de esa manera?

"No, en este caso no se investigó y la misma Fiscal dice que eso corresponde investigarlo en un juicio oral. Eso es peligrosísimo porque, imagínese que mañana lo denuncian a usted o a cualquiera de nosotros, me denuncian a mí y yo quiero evitar el juicio, cualquier persona tiene derecho a evitar a ir a un juicio oral, de hecho las personas que se sienten inocentes tratan de evitar el juicio oral. Esto es importante aclararlo, porque hay gente que dice: ¿cómo puede ser que la causa de esta mujer llegó rápido a juicio y en cambio la causa del Dr. Diez se demoró como dos años? Ello porque el Dr. Diez se siente inocente y planteó todas las alternativas que el derecho le permite, él se opone a que le imputen injustamente un delito y por eso pasa tiempo, más allá de las demoras o no que puedan tener los funcionarios judiciales o la fiscalía".

Objeciones para evitar el juicio

Vitale explicó que "en cambio la causa contra ella fue rápida porque no hubo ningún tipo de planteo, fue rápido a juicio porque su defensa no plateó nada. En cambio, acá, no solamente hay objeciones, hay razones para objetar, porque fíjense que ese deber que hablábamos recién que tienen los fiscales de investigar objetivamente, incluso a favor del imputado, está la de investigar si hay legítima defensa, porque si hay legítima defensa, tiene que dictar sobreseimiento el Juez, el código Procesal dice que hay derechos de obtener sobreseimiento. Que quiere decir sobreseimiento, quiere decir terminar con la causa sin ir a juicio oral, terminarla de entrada a la causa, o sea, si hay una obligación de investigar aún a favor del imputado y hay un derecho al sobreseimiento, quiere decir que no puede dejarse para el juicio esa discusión, porque es una falta de respeto al ser humano, es como decir, bueno es muy posible que seas inocente, pero anda al juicio oral y público. Todos saben que eso tiene un estigma, eso significa un desprestigio socialmente, tener que estar exhibido públicamente en un juicio oral, cuando eso no debería ser absolutamente necesario, cuando se puede frenar antes del proceso, debe velarse por ello".

Tan importante es ese deber de la fiscalía, que el mismo código dice que no cumplir con ese deber, es falta grave del fiscal. Dice el Código "se considerará falta grave el incumplimiento de las pautas establecidas en este código". Falta grave que incluso es una causal de enjuiciamiento del funcionario. Yo no estoy diciendo que haya que hacerlo, ni estoy diciendo que esta fiscal violó la ley para que la echen, nada absolutamente nada de eso, que no se confunda lo que estoy diciendo, lo que sí estoy diciendo es que se violó la ley procesal y el imputado tiene derecho al sobreseimiento.

Pruebas

Sobre las pruebas existentes que sostienen ese argumento, explicó que "hay pericias médicas que demuestran que la Srta. que denuncia en este caso, tiene lesiones en las manos, justamente atacó con las manos y tiene lesiones en las manos y en cambio el Dr. Diez tiene lesiones en varias partes del cuerpo, por ejemplo, en la cara, en el cuello y otras lesiones en la pierna que son propias de varias agresiones recibidas de manera distinta. De manera que hay verisimilitud clara en cuanto a que las lesiones son más compatibles con un acto de defensa del Dr. Diez, que con un acto de ataque".

Luego menciona una serie de hechos de los que fue sobreseído, como por ejemplo "desobediencia judicial" por carecer de sustento, y también una amenaza con armas, un donde no hay absolutamente nada, solamente declaraciones contradictorias de la denunciante.

En ese sentido, el entrevistado reiteró que "las declaraciones contradictorias de la denunciante, deben ser analizadas en todo el contexto de la causa, porque la denunciante no solamente se contradice en distintas versiones encontradas sobre el mismo hecho, sino que al mismo tiempo afirma que ella no tiene antecedentes penales cuando si tiene antecedentes penales y están acreditados en la causa, tiene un pedido de captura. También la denunciante afirma que el Dr. Diez tiene que ser expulsado de un club porque ella es docente allí, miren el exceso, por lo que se pidió un informe y el Presidente de ese club dijo que ella no tiene ninguna vinculación con el club, que ella no es docente. Se probó la inexactitud, para no decir mentira, es decir que como esto último, tampoco hay pruebas de esa amenaza con armas".

Debió ser sobreseído

Según sus argumentos, hay "ilegalidades en la causa", por ejemplo cuando se advierte que la Fiscal, si no reúne circunstancias que le den precisión al hecho denunciado, lo que tiene que hacer es pedir el sobreseimiento al Juez, porque no hay una acusación concreta, menos un hecho concreto, porque eso no permite que el imputado ejerza su defensa, no sabe de qué se va a defender".

Vitale también descartó la "teoría de la defensa corporativa" que hacen del Juez Federico Diez, y que toda la causa es una "aberración jurídica". Tiene un Jury que lo suspendió, le embargaron el sueldo, tiene sumario administrativo, la causa en el Juzgado de Familia y la causa penal, o sea la gente no tiene idea lo que significa tener un trabajo digno y de golpe estar suspendido del trabajo. Eso ya es una pena, una sanción, por más que se lo absuelva mañana, ya lo penaron con la suspensión, lo sancionaron. Lo grave es que sigan violando las leyes y penando sin ley.

Finalmente, consultando su opinión sobre lo debería pasar en esta causa, el abogado dijo: "Lo que hay que hacer es cerrar esta causa, dictar un sobreseimiento por varias razones, pero antes que son todas violaciones de las garantías constitucionales, que no porque sea Juez no le corresponden. La falta de prueba, la negativa de los órganos del estado a investigar la alegación del imputado de legítima defensa, de la falta de prueba y de inocencia, las nulidades".

Fuente: Informate Salta.

Comentarios

  • Boli Patron

    Vergonzosa actitud de los colegas del Dr. Diez en la "corporación judicial" que supuestamente lo protege. Miran para otro lado y no hacen nada frente al atropello de los derechos y garantias y desigualdad ante la ley. Rige la supremacía de género.

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  • BOLI PATRON

    En ninguno de los articulos publicados en los diferentes medios digitales no existe ni siquiera un solo comentario de algún miembro de la llamada "corporación judicial" que protege al Dr. Diez. Al contrario, sus colegas miran para otro lado y ninguno se juega a su favor aunque observan la injusticia y la violación de los derechos y garantías. ¿Ya no existe la igualdad ante la ley?, ¿los hombres somos ciudadanos de segunda clase?. Es una verguenza.

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  • Susano

    Injusta causa. Con otro imputado, decretan archivo... Un cisne negro. Cortina de humo..

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  • F74

    Es una verdadera vergüenza que se siga con esta causa! Una clara violación a la ley procesal. Injustamente se está perjudicando a un ciudadano a quien se le está negando sus derechos

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  • Federico

    Muy clara la opinión del Dr. Vitale, la cual se suma a la de otros en el mismo sentido, ya es hora se haga justicia con el Dr. Federico Diez , se repare el daño generado a un hombre de bien, un gran profesional.-

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  • Beatriz Lona

    Agradezco profundamente al Dr. Gustavo Vitale por haberse interiorizado y expresado en el caso del Juez Dr. Federico Diez de una manera magistral y extensa, entendible para legos o no, en la cual se pueden reconocer tremendas aberraciones y faltas graves de la justicia salteña.
    Gracias Dr. Vitale por clarificar ampliamente dicho caso llevado totalmente de una manera injustificada y también disparatada como Ud. bien lo dijo.
    Esperemos que sus palabras y conocimientos no caigan en "saco roto" y se proceda a lo solución inmediata como corresponde a esta situación.

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  • Desideria

    Estimado Hugo , antes de decir algo y defender a una persona deberías interioridades más...esa mujer q se hace llamar señora es una mentirosa. Tiene miles de denuncias falsas.

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  • Enríquez

    Estos es un claro ejemplo del desapego al debido proceso y demagogia judicial

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  • NEGRO 214

    que se haga justicia, porque vivi un caso muy similar y aparte conozco al Dr: Diez Federico, y me parece que hay una abuso en todo sentido en su contra, ya que la mujer, no es con la primera pareja que genera un daño economico y moral a terceros.

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  • hugo

    otro que justifica pegarle una mujer...machirulo

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    • Desideria

      Antes de decir bobadas tal Hugo investiga lee como fueron las cosas. El Señor juez nunca le pego a esa señora si se puede llamar así. A una mentirosa... es una injusticia lo que pasa con este magistrado.

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