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Cómo hacer el trámite para cobrar el bono de $50.000 de ANSES

La ayuda económica está destinada para los grupos más vulnerables.

A partir de octubre se pagará un bono de $50.000 para los grupos más vulnerables que a su vez no cobren ningún otro programa social. Se abonará en tres cuotas mensuales de $16.500 y para inscribirse, los interesados deben registrar y actualizar los datos personales y familiares en la web de Mi ANSES.

Desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) hicieron hincapié en la necesidad imperiosa de actualizar los datos para poder cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) 5.

Cómo actualizar tus datos en Mi ANSES

Una vez dentro del sitio, luego de haber ingresado con el CUIT o CUIL y la clave de Seguridad Social, habrá opciones para ingresar a la cuenta propia o a la del familiar representado (hijo, hija o conyugue).

Luego, hacer click en la ventana que dice "Ir a mis datos de contacto", se abrirán todos los datos personales y abajó aparecerá la opción "modificar". Después de hacer los cambios necesarios, es importante tocar en el cartel que dice "guardar mis datos" para finalizar la operación.

Este trámite también se puede hacer por vía telefónica, llamando a la línea gratuita 130, los días hábiles de 8 a 20. Si los datos a modificar son de las personas que el usuario representa, la presentación de la documentación tendrá que ser presencial, sin turno previo, en cualquier oficina de UDAI (Unidad de Atención Integral) de la ANSES.

Documentación necesaria para registrarse

Para cada trámite, la documentación necesaria habrá distintas documentaciones a presentar.

Hijos

Partida de nacimiento (si fue emitida en el extranjero, debe estar legalizada o apostillada; y si no está en español, debe ser traducida). ANSES aclaró que si las partidas son de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay, están exceptuadas del visado, traducción, legalización y apostilla.

DNI del hijo y de los padres (si el menor es adoptado, además copia de la sentencia de adopción).

Matrimonio

Acta, partida o certificado de matrimonio (si fue emitida en el extranjero, debe estar legalizada o apostillada; y si no está en español, debe ser traducida).

DNI de los cónyuges.

Divorcio vincular o separación personal

Testimonio o copia de la Sentencia de Divorcio o Separación Personal.

Documento Nacional de Identidad.

Separación de hecho

Declaración Jurada o Información Sumaria Judicial o Administrativa.

Documento Nacional de Identidad.

Acreditación de convivencia y convivencia previsional

Convivencia: sentencia o resolución judicial; o una constancia de registro civil o juez de paz (DD.JJ. acta de convivencia, unión civil, unión convivencial); o presentarse en la ANSES con dos testigos para completar el formulario PS.1.45 Información Sumaria de Convivencia.

Convivencia previsional: por muerte de uno de los dos miembros de la pareja se debe acreditar la convivencia hasta el momento del deceso. Además, hay que demostrar la duración del vínculo por un período de al menos 5 años o de 2 años en el caso de tener hijos en común.

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Comentarios

  • gobierno de opas.

    SIN DEMAGOGIA Y CLIENTELISMO A LOS K NO LOS VOTA NI SU FAMILIA.

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  • gobierno de opas.

    SIN DEMAGOGIA Y CLIENTELISMO A LOS K NO LOS VOTA NI SU FAMILIA.

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