Por orden de la Justicia

El IPS deberá cubrir el tratamiento a una salteña que quiere ser mamá pero no puede

La obra social estatal tendrá que hacerse cargo de hasta 3 tratamientos de fertilización asistida a la mujer que presentó un recurso de amparo, debido a la falta de respuestas positivas.

La Corte de Justicia de Salta dispuso que el Instituto Provincial de Salud -IPS- deberá brindar la cobertura de tres tratamientos de fertilización de alta complejidad en total a una amparista. La causa llegó al Alto Tribunal por la apelación de ambas partes.



Recordaron los jueces de la Corte de Justicia que ?la Ley Provincial 7964 ha venido a cerrar definitivamente el debate sobre la cantidad de intentos, disponiendo que "Las técnicas de reproducción humana asistida podrán realizarse con la siguiente frecuencia: para las técnicas de baja complejidad, hasta un máximo de cuatro (4) intentos por año. Para las técnicas de alta complejidad, hasta tres (3) tratamientos en total..."



?La claridad del texto de la norma permite concluir que el Instituto Provincial de Salud de Salta deberá brindar la cobertura de tres tratamientos de fertilización de alta complejidad en total?, a la amparista, señalaron los jueces.



Y sobre la cobertura del 100% de la práctica solicitada apuntaron que ?al encontrarse expresamente afectados como prestadores de las técnicas de reproducción humana asistida (TRHA) "los efectores públicos, dependientes del Ministerio de Salud Pública y de los prestadores del Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS)" para la cobertura integral de esas prácticas, la versión de que la demandada no integra el Sistema Nacional de Seguro de Salud y que es una obra social prepaga resulta inatendible?.

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