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Amplio triunfo de CFK en las cárceles bonaerenses

Unidad Ciudadana se impuso por el 75 por ciento sobre Cambiemos.

La mayor parte de los presos de la provincia de Buenos Aires eligió a la ex presidenta Cristina Kirchner como senadora y a su delfín, Fernanda Vallejos,como diputada. En las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) de la provincia de Buenos Aires, en las cárceles bonaerenses el frente Unidad Ciudadana (UC) se impuso por más de 75 puntos sobre Cambiemos.



El domingo, como cada año electoral desde hace diez años, también votaron las personas privadas de libertad. Ayer se terminó el escrutinio definitivo de las mesas que en las cárceles bonaerenses, donde se utilizó el sistema de Boleta Única de Papel. En total votaron 4095 internos.



En la categoría para la Cámara de Senadores, el 75 % de los presos eligió a Cristina Kirchner (UC); el 7% a Esteban Bullrich (Cambiemos); el 4% a Sergio Massa (1 País); el 2,9% a Florencio Randazzo (Cumplir). Y hubo 135 votos en blanco.



En la elección para Diputados los resultados fueron similares, con la incursión de la izquierda, que superó a Randazzo y una mayor cantidad de votos en blanco (difieren por el sistema de boleta única).



Así, la precandidata de Cristina, Fernanda Vallejos obtuvo el 56%, la de María Eugenia Vidal, Graciela Ocaña (Cambiemos) el 7,9%; el de Massa, Felipe Solá (1 País) el 3,9%; Nicolás Del Caño (FIT) el 3,4% y Eduardo Bucca, que responde a Randazzo, el 2%. Hubo 400 votos en blanco.



Los presos pueden votar gracias al Registro de Electores Privados de Libertad, que tiene su origen en la causa "Mignone", nombre del representante legal del "Centro de Estudios Legales y Sociales" -CELS- quien había efectuado una presentación en primera instancia con el objeto de que se adoptasen las medidas necesarias para garantizar el derecho constitucional a sufragar de las personas detenidas sin condena.



La Cámara Nacional Electoral, al conocer en la causa -en segunda instancia- declaró la inconstitucionalidad del artículo 3º, inciso "d" del Código Electoral Nacional que disponía la exclusión del padrón de las personas detenidas en esa situación (Fallo 2807/2000). Este pronunciamiento fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.



En 2003, mediante ley 25.858, se hizo efectiva la derogación del artículo 3º, inciso "d", del citado código. Y en 2006 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1291, que reglamentó la ley estableciendo la forma en la que las personas privadas de libertad sin condena podrían ejercer su derecho al sufragio. En ese sentido, quienes figuran en el padrón electoral especial tienen derecho a votar exhibiendo su documento de identidad.

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