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Abogados tendrán un límite de $ 500 para cobrar a jubilados

Así se confirmó en la reglamentación públicada en Boletín Oficial sobre el blanqueo y "Reparación histórica" a jubilados.

El decreto publicado este jueves, que reglamenta el blanqueo y la "Reparación Histórica", agrega que los jubilados interesados deberán habilitar en la página web a su abogado para que éste pueda tener acceso a la propuesta de la ANSeS.



Para los casos que tengan juicio iniciado, con o sin sentencia firme, la suscripción del Acuerdo Transaccional corresponderá al letrado que interviene en el mismo, o al nuevo que designe el beneficiario. En este último caso, se deberá cumplir con la normativa aplicable en la materia. El profesional que interviniera sin cumplir con la misma, será pasible de las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder por dicho incumplimiento.



En los casos que no tengan juicio iniciado, el beneficiario podrá designar un abogado que cuente con matrícula habilitante para ejercer la profesión en la jurisdicción y fuero correspondiente al juez competente del domicilio de pago del beneficio.



La ley fija en $ 500 el concepto de honorarios, y a favor de la representación letrada del beneficiario, por la realización de todos los trabajos concernientes a la celebración y homologación de cada acuerdo.



Se establece procedimientos abreviados para aquellos beneficiarios que requieran una solución con mayor urgencia, como ser mayor de 80 años o padecer una enfermedad grave; tener un incremento del haber que no supere el 30% del haber mínimo garantizado y un haber reajustado inferior a dicho haber mínimo.



Dentro del paquete de medidas incluidas en el decreto 894 está la reglamentación de la Pensión Universal para el Adulto Mayor que alcanza a aquellas personas mayores de 65 años que no cuenten con una prestación previsional contributiva



Esta pensión consiste en el pago de una prestación mensual equivalente al 80 por ciento del haber mínimo, con lo cual hoy cobrarían 3.967 pesos.   

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