Neuquén

Un bebé murió en un parto casero y el fiscal imputó a los padres por homicidio

El fiscal de la causa considera que hubo al menos culpa de los adultos que se negaron a dar a luz en un sanatorio.

La tragedia ocurrió el 11 de mayo pasado en Neuquén. Una pareja llegó a la guardia del hospital Bouquet Roldán con una beba en brazos ya sin vida y dijeron a los médicos que el parto se había desarrollado de forma imprevista en su auto, en el trayecto de la localidad de 25 de Mayo hacia la capital. Los médicos no les creyeron.



A los pocos días, la jueza Carolina García dispuso un allanamiento en el domicilio de la pareja y constató que el alumbramiento se había producido allí bajo la convicción del "Parto respetado en domicilio". No hubo entonces médico, partera ni asistencia sanitaria ninguna.



"La fiscalía no persigue el parto domiciliario. No es una cuestión ideológica", dijo en diálogo con InfobaeTV el fiscal de la causa, Maximiliano Breide Obeid. "Lo que estamos imputado es el hecho de que no se tomaron los recaudos médicos del caso. No hubo médico, no hubo partera, no hubo siquiera una ambulancia lista para llevar a un paciente en caso de emergencia", agregó. 



El código neuquino prevé una audiencia primaria en la que se hacen conocer los cargos. La pareja fue notificada de que se les imputa homicidio culposo con una pena de hasta 25 años de prisión. Sin embargo, el fiscal corroboró que se está trabajando para aplicar una pena sustitutiva que podría consistir en tareas comunitarias y un curso de concientización sobre el tema.



"No estamos hablando de una pareja que no pudiera entender lo que pasaba. Es de una condición social media-alta que entendía claramente el riesgo que podían correr", explicó Breide Obeid. Y ahondó: "No creemos que la pena venga a solucionar lo ocurrido. Todo lo contrario. Pero creemos que se actuó de manera culposa".



InfobaeTV quiso saber si existe la posibilidad de considerar que el matrimonio pueda quedar inmerso en la "pena natural", construcción jurídica que supone que nunca debe aplicarse una sanción cuando la consecuencia sufrida (en este caso perder a un hijo) es mucho más grave que cualquier condena material. El fiscal contestó: "Aquí hay una diferencia. Una cosa es conducir un vehículo a alta velocidad, cruzando un semáforo en rojo y produciendo la muerte del propio hijo del conductor, lo que supone un riesgo personal. En el caso del bebé, todo el riesgo de la acción, del parto respetado, está en la vida de la criatura quien sufre las consecuencias de este accionar".

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