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Guía práctica para pagar menos impuesto a las Ganancias

Llegaron las paritarias y todos se preguntan cómo esquivar este impuesto. A continuación, un instructivo exhaustivo para cargar deducciones y pagar menos.

La temporada de paritarias está en pleno desarrollo y muchos trabajadores se llevaron la sorpresa menos grata de todas: que buena parte del aumento salarial fue a parar al impuesto a las Ganancias. A continuación, una guía exhaustiva sobre qué deducir y cómo pagar menos impuesto.



1. EL LABERINTO DE LOS DECRETOS



El gobierno de Mauricio Macri introdujo cambios por decreto en el impuesto a las Ganancias en Febrero. Modificó las deducciones generales, de forma tal que excluyó del tributo a los trabajadores solteros y sin hijos que ganen $ 18.880 netos o $ 22.747 brutos. En el caso de los trabajadores con cónyuge y dos hijos a cargo, el mínimo no imponible se eleva a $ 25.000 netos al mes ($ 30.120 brutos).



El decreto dejó sin efecto a otro de Cristina Fernández de Kirchner, el 1242/13. Esa norma excluyó del impuesto a las Ganancias a los trabajadores que ganaran menos de $ 15.000 brutos al 31 de agosto de 2013. En la práctica, congeló el ingreso de contribuyentes a Ganancias por dos años y medio, sin importar los aumentos de sueldos. Desde febrero, esa masa de contribuyentes pasó a pagar Ganancias.



Según calculó el economista Ariel Setton en base a datos oficiales, 180.000 personas dejaron de pagar Ganancias por los cambios que introdujo Macri, pero entre 200.000 y 400.000 contribuyentes que estaban excluidos del impuesto pasaron a pagar.



 2. EL FORMULARIO



Desde hace años, la AFIP o todos los trabajadores en relación de dependencia que ganen más de $ 250.000 pesos brutos al año a llenar el formulario F-572 del impuesto a las Ganancias. Incluso aquellos que habían sido beneficiados por el decreto de Cristina Kirchner debían completar la declaración jurada, pero muchos no lo hicieron al no tener que pagar el impuesto. Estos trabajadores deberán cargar sus datos ahora para poder presentar deducciones y pagar menos Ganancias.



El trabajador debe presentar el F-572 hasta el 31 de nenero del año siguiente al que se declara. Las actualizaciones de datos, sin embargo, pueden hacerse en todo momento (y alivian la carga final del formulario).



3. SIRADIG, LA PALABRA MÁGICA



El SIRADIG es el sistema online de la AFIP para cargar las deducciones del impuesto a las Ganancias. El usuario accede a sus datos con su CUIT y clave fiscal y se le desplegará un panel de opciones, entre las que debe cliquear "SIRADIG - Trabajador".



Si esta opción no aparece en el menú, habrá que dar un paso más. Arriba de todo, la segunda opción que presenta la pantalla es el "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal". Al cliquear ahí, se desplegará otro panel de opciones. La ruta a seguir es: "Adherir Servicio", "AFIP", "Servicios interactivos" y "SIRADIG - Trabajador".



Una vez en SIRADIG, al cliquear sobre el nombre de la persona se desplegará un menú de pasos. El primero es "Datos personales", donde se cargarán el domicilio (la AFIP suele tenerlo registrado), teléfono y mail y se presionará "Guardar".



El segundo es "Empleadores". Aquí, el sistema pedirá el CUIT del empleador o los empleadores (en caso de tener más de un trabajo) y la fecha de inicio de la relación laboral. En el campo "Es agente de retención" siempre debe seleccionarse la opción "Sí".  Una vez completados los datos, "Guardar".



4. A DEDUCIR



Llegó el momento de cargar las deducciones, en la opción "Cargar el Formulario"



5. CARGAS DE FAMILIA



La opción "Detalle de las cargas de familia" permitirá incluir a los familiares a cargo, como cónyuge, padres, suegros e hijos menores de 24 años. La AFIP permite deducir $ 39.778 anuales por cónyuge y $ 19.889 por hijo u otra carga familiar. Si el familiar a cargo trabaja y tiene ingresos, éste debe ganar menos de $ 42.318 por año.



6. MÁS DEDUCCIONES



En el ítem "Deducciones y desgravaciones", la AFIP permite incluir distintos gastos para computarlos a cuenta del impuesto a las Ganancias.



Cuotas Médico-Asitenciales (medicina prepaga) y gastos médicos y paramédicos: se puede desgravar hasta el 5% de la ganancia neta del ejercicio.



Primas de Seguro para el caso de Muerte: el tope a desgravar es de $996,23 de la prima de la póliza, equivalente a un aporte de $83 mensuales.



Gastos de sepelio: se podrá deducir para cualquiera de los miembros de la familia que formen parte de las cargas de familia, con un tope de $ 996,23.



Donaciones: se pueden deducir, con un poe del 5% de la ganancia neta del período.



Intereses de préstamo hipotecario: con un tope de $ 20.000 al año.



Personal doméstico: pueden deducirse del impuesto los aportes efectuados al personal doméstico, con un tope de $ 12.960 anuales.



- Vehículos de corredores y viajantes de comercio y gastos de movilidad, viáticos y representación: estos trabajadores pueden deducir  este tipo de erogaciones del impuesto, sin tope.



- Aporte a sociedades de garantía recíproca (SGR): Las SGR son sociedades que tienen como objeto facilitar el acceso al financiamiento de las pymes. No existe tope para deducir en este punto.



7. MONEDA EXTRANJERA



En el ítem "Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta" podrán especificarse los gastos con tarjeta de crédito en el exterior y la compra de dólares efectuadas hasta la apertura del cepo cambiario. Sin embargo, el período para pedir la devolución de estos gastos de 2015 venció el 31 de enero.



8. ENVIAR FORMULARIO



Una vez completados los datos, el sistema permitirá efectuar una "Vista previa" del formulario para constatar que no haya errores. El último paso es "Enviar al empleador".



El sistema puede parecer algo engorroso, pero cargar los datos de la forma más completa posible permitirá pagar menos impuesto a las Ganancias. Es cuestión de armarse de paciencia.

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