Ampliaron la ley

Ahora, esto también se considera abuso sexual

Este cambió se logró tras un gran debate de los argentinos.

El Gobierno promulgó la ley 27.352 que modifica el artículo 119 del Código Penal que habla sobre los delitos contra la integridad sexual. 



La norma fue promulgada a través del Decreto 340/2017 publicado este miércoles en el Boletín Oficial que lleva la firma de la vicepresidenta, Gabriela Michetti, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano.



El espíritu de la ley es acotar el margen de interpretación que puedan tener los jueces sobre el texto en caso de abusos sexuales con penetración.



Antes, según publica Minuto Uno, se indicaba que "la pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral", mientras que ahora el Código Penal precisa que corresponde la misma pena a quien "realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías"



Con esa incorporación, que sancionó el Congreso en abril pasado, los magistrados ya no pueden argumentar que algunas de esas acciones no constituyen abuso sexual.

Comentarios

Tucomentario

Nombre

Más de Argentina