Rodrigo Teves

Que Pasa Salta
Atenti salteños

Gran confusión por la otra factura de Gasnor ¿se paga o no?

En los últimos días, decenas de usuarios de este servicio público se vieron sorprendidos al recibir una segunda factura con 'el otro aumento'.

Esta facturación incluye la segunda parte del aumento del mes de julio de 2017. Resulta que, para reducir el impacto económico durante el período de mayor consumo por el frío, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) autorizó a Gasnor postergar el pago del 50% en las facturaciones de entre el 25 de agosto y el 31 de octubre del año pasado.



Es así que el 50% restante que no se cobró a los usuarios en los períodos de invierno se facturó en las boletas emitidas a partir del 31 de octubre.



Que Pasa Salta intentó comunicarse con Gasnor al (0810) 444 1444 pero la línea de Atención al Cliente deriva a la web https://www.gasnor.com/ donde tampoco es posible dejar asentado un reclamo; salvo las preguntas frecuentes - que aparecen predeterminadas - donde no figura la opción para consultar por este motivo.



Al respecto, se consultó con el secretario de Defensa de Consumidor, Carlos Morello, quien indicó que se revisó la factura y 'en principio estaría bien confeccionada'. "Vino mucha gente a preguntar por este tema, pero no ingresó ninguna denuncia. Si es el pago de la segunda cuota, corresponde que se pague, porque hay un rubro en la factura en donde avisaba que se iba a cobrar después".



Más allá del pago de este importe, resulta evidente que la información fue confusa; motivo por lo cuál hubo tanta confusión. Confusión que habría sido utilizada por la empresa para concretar finalmente el aumento restante. Es un derecho fundamental para el consumidor obtener la información completa y por todas las vías de contacto (teléfono, web y atención personalizada).



Entre los derechos que tenemos los consumidores se destaca el derecho a estar informados antes, durante y después de un acto de consumo, entendido de forma amplia (de un bien o de un servicio de cualquier tipo). 



En este sentido, el abogado especialista en Derechos del Consumidor, Daniel Paganetti indicó que, "en las facturas de los servicios públicos debe estar consignado si hay alguna deuda anterior. Es decir, que tiene que haber una leyenda, donde figure claramente lo que el usuario debe, si es que está adeudando".



"De acuerdo a Ley de Defensa del Consumidor a partir del artículo 25 al 31 se impone la obligación a las empresas de servicios públicos domiciliarios de consignar deudas anteriores", indica el titular de Protectora Salta.



Resulta por lo menos injusto que, si no se paga el servicio se interrumpa de forma casi automática, y cuando uno intenta hacer un reclamo - o consulta - no se actúa con la misma rapidez. Por ahora, a pagar, pero la difusión es la clave para que los usuarios hagan valer sus derechos.

 

Comentarios

Tucomentario

Nombre

Más de Salta