Lo confirmó la Justicia

La fortuna que deberá pagar un salteño a su ex por no querer irse de la casa

Los jueces dispusieron que el hombre abone a la denunciante un canon a partir de marzo del 2011.

Esta semana, según confirmó el Poder Judicial, la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta dispuso que un salteño deberá pagarle una fortuna a su ex pareja por no querer mudarse de la casa que compartían. Todo comenzó luego de que los cónyuges se divorciaran en el año 2006. 



La demanda se inició por la liquidación de la sociedad conyugal. En primera instancia se adjudicó el cincuenta por ciento del bien a la mujer y el restante cincuenta al hombre, reconociéndose allí a la mujer el derecho a cobrar una suma mensual por el uso exclusivo del inmueble. En la casa reside actualmente el hombre. 



En el proceso, los jueces recordaron que “la obligación del ex cónyuge ocupante del inmueble de abonar un canon locativo al otro cónyuge se origina a partir de la fecha de la audiencia de mediación en la que se formuló el reclamo de fijación del mencionado canon ya que, mientras el copartícipe que no habita el inmueble común no requiera al otro el pago de un canon, se considera que la tolerancia en la ocupación exclusiva comporta una tácita admisión del carácter gratuito”.



En consecuencia los jueces de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial dispusieron que el hombre abone a la denunciante el canon a partir de la audiencia de mediación, es decir marzo de 2011. El derecho a percibir este monto se extenderá mientras el hombre continúe en el uso exclusivo de la casa.

Comentarios

Tucomentario

Nombre

Más de Salta