Que se haga justicia

No aceptaron al viudo de Jimena Salas como querellante de la causa

Al ser querellante se desvinculaba por completo de la causa. La fiscalía negó el pedido y remarcó que Cajal y su abogado, siempre fueron atendidos y están al tanto de todas las diligencias.

En su planteo, el viudo de Jimena Salas también pretendía ingresar a la causa como querellante, ya que asegura que no tiene ninguna vinculación con el brutal asesinato de su esposa, (27 de enero) en la casa que la familia posee en la localidad de Vaqueros.



A través de este planteo el abogado, Pedro Arancibia, representante legal del viudo, intentó que su cliente quede legalmente desvinculado del caso, sin embargo, esta posibilidad, fue rechazada de plano por el juez Martínez.

En la resolución, dada a conocer ayer por parte del juzgado, Martínez rechazó los argumentos esgrimidos por el letrado, quien adujo en sus fundamentos que la norma anterior del Código Procesal Penal, la que operaba en el anterior sistema penal mixto, debía volver a ser puesto en vigencia.



Señaló que su representado se vio perjudicado con la actual norma, 108 del actual Código Procesal Penal, sin embargo, en ningún párrafo de su presentación, según surge del fallo, indica específicamente el daño, pues por el contrario reconoció que desde que la investigación del crimen de Salas se inició, Cajal mantuvo un contacto fluido con la fiscalía penal y todas las sugerencias que realizaron fueron recibidas por el fiscal.



Con un particular análisis del principio de regresividad y progresividad, más cercano a un juego de palabras, Arancibia exigió que se declare la inconstitucionalidad de tal norma y su cliente sea aceptado como querellante, siendo, a las claras, evidente que el objetivo principal es presentar a Cajal desvinculado legalmente del crimen.



Asimismo, según publica Nuevo Diario, señala que las hijas de Salas también tienen derecho de ser parte del proceso penal, pero que hasta la fecha no fueron tenidas en cuenta por la fiscalía penal a cargo del caso. Arancibia, como único argumento de fondo, hace suyo el voto de la jueza de Corte de Justicia de Salta, Susana Kauffman.




Al momento de referirse al planteo, la fiscalía rechazó la pretensión del viudo de Salas, y remarcó el hecho de que, tanto Cajal como su abogado, siempre fueron atendidos y están al tanto de todas las diligencias que se tramitan en la causa, como así también se recibieron las inquietudes de los mismos respecto a distintas medidas de investigación sugeridas.




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