Ya hicieron números

Eximir a los jubilados de Ganancias le costaría al Estado $ 7000 millones

La ANSeS apelará en conjunto con la AFIP ante la Corte Suprema el fallo que declaró la inconstitucionalidad del tributo sobre los ingresos jubilatorios.

La ANSeS recibió ayer la notificación del fallo judicial que declaró inconstitucional el pago del Impuesto a las Ganancias por parte de los jubilados y confirmó que apelará la medida ante la Corte Suprema en conjunto con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).



Así lo indicaron ayer fuentes del organismo, luego de que su titular, Emilio Basavilbaso, explicara que el Estado dejaría de percibir unos $ 7000 millones anuales si el fallo quedara firme o si se tratara una nueva norma en el Congreso.



Ese monto es el que se estima recaudará la AFIP este año por aplicar el impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios, las sentencias de los juicios y los retroactivos pagados a los jubilados. 



La ANSeS informó que este mes 100.535 jubilados pagaron Ganancias sobre sus haberes (sobre un total de 6,5 millones). Y que en el año este concepto le representará un ingreso de unos $ 3000 millones.



Debido a la ley que se sancionó en el Congreso en diciembre pasado, los jubilados que deben pagar Ganancias son los que perciben un valor superior a $ 38.364, o el equivalente a seis haberes mínimos, lo que alcanza al 1% del padrón, según indicó el organismo. 



"Si damos de baja ese ingreso que le entra a la ANSeS, deberíamos buscar que alguien pague por esos que no pagan, porque las cuentas tienen que cerrar. Las jubilaciones hoy en la Argentina representan más de 40% del presupuesto nacional y el Estado tiene que estar financiado para hacer frente todos los meses a esos pagos", advirtió Basavilbaso en declaraciones a radio Continental.



Así es que los abogados de ANSeS y de la AFIP, que fue notificado de la sentencia por ser el agente de recaudación, trabajarán en conjunto para apelar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Seguridad Social que la semana pasada declaró inconstitucional la retención de ganancias sobre los retroactivos y el haber jubilatorio. 



El plazo es de diez días hábiles que se empiezan a contar desde ayer.



La resolución fue de los jueces Luis René Herrero y Nora Dorado en la causa iniciada por el jubilado Leonardo Calderale, que declaró exentas del impuesto a las ganancias las sumas retroactivas que se reconocieran en favor del titular, como consecuencia de la sentencia recaída en el proceso de reajuste de haberes. Y resolvió declarar la inconstitucionalidad del art. 79, inc. c) de la Ley 20.628 (Decreto 649/97) y del art. 115 de la Ley 24.241, en la medida que al practicarse la liquidación del haber mensual, éste supere el mínimo no imponible tornándose pasible de tributar el impuesto a las ganancias (ley 27.346).



Si el fallo "trata de que nadie pague Ganancias, eso va en contra de la ley que se votó el año pasado en el Congreso. ANSeS no decide quién paga impuestos y quién no, cuando hay una ley nosotros no hacemos más que cumplirla y hacer la liquidación de las jubilaciones", agregó Basavilbaso. 



Y recordó que la diputada oficialista Elisa Carrió presentó un proyecto para modificar la normativa: "Puso el tema del lado del Congreso presentando un proyecto de ley, así que desde nuestro espacio hay una propuesta para hacer un cambio. Tenemos que acostumbrarnos a cumplir las leyes y que cada uno haga su parte, que se trate en el recinto y si ese 1% no debería pagarlo, nosotros vamos a acatar lo que diga el Congreso", enfatizó.

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