Femicidio en la cárcel

Caso Andrea Neri: imputaron a dos jefes del Servicio Penitenciario, los detalles

Hoy fueron imputados el ex Director de la Unidad Carcelaria 1 y el ex Jefe de Departamento de Vigilancia y Tratamiento del penal por incumplimiento de deberes de funcionario público en la causa que investiga la muerte de la joven madre dentro del pabellón E.

La Fiscalía Penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas en feria, a cargo de Pablo Paz, citó para hoy a audiencia de imputación al Prefecto Juan Carlos Gutiérrez y al Alcaide José Luís Ávalos en el marco de la investigación que se lleva a cabo por la muerte de Andrea Edith Neri a manos del penado provincial Gabriel Roberto Herrera dentro de la Unidad Carcelaria 1,



El ex Director de la Unidad Carcelaria y el ex Jefe de Departamento de Vigilancia y Tratamiento fueron imputados por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y acompañados de un abogado particular, se abstuvieron de declarar. Estas dos personas no quedaron detenidas por la naturaleza del delito que se les imputa, contemplado en el artículo 249 del Código Penal, el cual establece una pena de un mes a un año de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, pena que no exige prisión.



Los fiscales agregaron que dicho antecedente del asesinato de su primer mujer, Soledad Verónica Castro en la unidad carcelaria de la ciudad de Metán en marzo del año 2006 “no podía ser desconocido por los funcionarios del penal como así tampoco los informes psicológicos del interno que daban cuenta de una personalidad impulsiva, con baja tolerancia al frustración, de rasgos narcicista, etc., exponiendo de ésta manera a la víctima a una situación de desamparo real al permitirle que visitara privadamente al interno fuera del alcance de la vista y/o vigilancia de los guardiacárceles, colocándola en una situación de peligro real.”.



Los fiscales agregaron que el “dolo” en el que incurrieron los dos imputados se advierte, tanto al momento en que Neri firmó un acta en la que asumía los riesgos a su integridad física, sin conocer cabalmente el peligro al que se exponía, como así también al momento de implementar las medidas de seguridad adecuadas para este caso.



Pese al conocimiento “comprobado” de los antecedentes y personalidad de Herrera, al accionar de los acusados “provocaron un peligro cierto en la vida de Andrea Edith Neri. Y es que, con ello, se la condujo a una situación en la cual carecía de los cuidados necesarios para preservar su vida.”



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