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Jubilados pueden solicitar la reducción del 50% en los tributos municipales

La Dirección General de Rentas de la Municipalidad informó que los jubilados que posean una única vivienda como bien familiar, pueden solicitar el descuento del 50% sobre el monto de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario.

Esta reducción será en favor de los contribuyentes jubilados y/o pensionados que posean una única propiedad de vivienda y que no hayan sido alcanzados por la exención total.



Las personas que gozaron del beneficio en el periodo fiscal 2016 y anteriores, serán automáticamente beneficiadas en el periodo fiscal 2017, siempre y cuando mantengan las condiciones que motivaron su otorgamiento.



En tanto, aquellos que presenten su solicitud por primera vez en este año, podrán hacerlo hasta el 24 de febrero del 2017 en las oficinas de Rentas ubicadas en el Centro Cívico Municipal.



Requisitos



Para realizar el trámite se debe presentar formulario completo y firmado; fotocopia del DNI del jubilado o pensionado; fotocopia del Certificado de Defunción del titular de la propiedad, si correspondiere; Cédula Parcelaria actualizada, con certificación de Único Bien del titular y/o de su cónyuge y otros titulares si hubieren (en caso de registrar la propiedad a nombre de FONAVI, IPDUV u otra institución, adjuntar a dicha Cédula, Acta de Entrega de Vivienda, Nº de cuenta municipal y/o Familia Propietaria).



Los usufructuarios deberán presentar Certificado de Residencia; fotocopia de último recibo de haberes jubilatorios o de pensión; informe de deuda y/o cuenta corriente del catastro en cuestión ($7); sellado ($10), y copia del formulario a presentar.



La documentación será recepcionada en la Dirección General de Mesa de Entradas, Custodia y Archivo, con número de expediente SIGA, abonando el sellado que establece la Ordenanza Tributaria Anual. Posteriormente será girada a la Dirección General de Legal y Técnica Tributaria para su análisis y dictamen. Finalmente, la Dirección General de Rentas confeccionará la resolución pertinente y se notificará a la parte interesada.

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