#YoTeAvisé

La mejor noticia para los que alquilan: no te pueden cobrar más de un mes de comisión

La justicia dispuso que las inmobiliarias, que en muchos casos reclamaban el doble, sólo pueden cobrar el 4,15% del contrato.

Luego de una intensa polémica, finalmente se determinó que los inquilinos sólo deberán pagar un mes de comisión por el alquiler. Ocurría que, en muchos casos, se les cobraba el doble. Ante esto, el fallo ordena también controles y multas a las inmobiliarias en caso de incumplimientos. 



Según indicó diario La Razón, la Justicia porteña dictó la nulidad de la resolución del Colegio Unico de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (Cucicba), que habilitaba a las inmobiliarias a cobrar comisiones superiores al 4,15% de los contratos de alquiler. Así, se avaló la medida cautelar que, en mayo, había prohibido cobrar comisiones superiores a ese porcentaje (equivalente a un mes y que se encontraba fijado en el artículo 57 de la ley 2340, normativa que creó el Cucicba).



"La medida tiene un impacto enorme. En la actualidad en la Ciudad alquilan más de 900 mil personas, es decir, un tercio de la población. El precio de un alquiler promedio es de 8.000 pesos, por lo que estimamos que el impacto económico del fallo superaría el millón de pesos al año", explicó Sebastián Pilo, Co-Director de ACIJ (Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia). 



La entidad, junto a Inquilinos Agrupados, dieron inicio a la causa por "el cobro de comisiones ilegales por parte de las inmobiliarias, a los inquilinos de vivienda única en la Ciudad de Buenos Aires" en la que ayer se expidió en forma definitiva el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 17 de la Ciudad, a cargo del juez Marcelo Segón.



"Los corredores inmobiliarios no podrán cobrar en concepto de comisión a inquilinos y/o potenciales inquilinos de un inmueble con destino a vivienda única un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato", precisa la sentencia. Y añade que los corredores tampoco podrán cobrar comisiones "que excedan el tope citado, bajo el rubro de 'gastos' u otros conceptos similares en relación con los contratos de locación de inmuebles con destino a vivienda única".



En el fallo, la Justicia instó además al Cucicba a que en el plazo de treinta días "implemente un plan para el control efectivo sobre el cobro de aranceles por parte de los corredores inmobiliarios"; "confeccione un plan integral para la difusión pública del monto máximo", y "elabore un plan a los efectos del control respecto de sus matriculados". Finalmente, en caso se dispusieron multas de entre $ 5.000 y $ 20.000, según el tipo de incumplimiento.



La Justicia basó su fallo en que "librar a la autonomía de la voluntad y, por tanto, a la libertad de mercado fuera de los estándares estatales y en términos exorbitantes, el precio a abonar por comisión de inmobiliarias en miras a acceder a la vivienda única y digna (...), no se condice con la protección estatal -a nivel legal, constitucional, y los tratados con esta última jerarquía".

 

Comentarios

Tucomentario

Nombre

Más de Política