¿A quién se la darán?

Parejita perdió su casa en barrio El Huaico: se la desadjudicaron por este motivo

Protestaron, pero quedó demostrado en la causa que la vivienda nunca fue habitada.

El juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez, rechazó un amparo interpuesto por una pareja, en contra del Instituto Provincial de la Vivienda. El matrimonio pidió que se declare la nulidad del procedimiento de desadjudicación y el inmediato restablecimiento de la tenencia precaria del inmueble del que resultaran adjudicatarios, en barrio El Huaico; pero el juez lo rechazó y confirmó la desadjudicación.

En el fallo, precisa Domínguez, que el amparo no corresponde en este caso porque los adjudicatarios aceptaron las condiciones y obligación de habitar la vivienda, cuando la recibieron. 

Según el acta de autorización para ocupar la vivienda, la mujer recibió en tenencia precaria el inmueble, y por ese instrumento, se comprometió, a ocupar la vivienda adjudicada en forma inmediata a partir de su suscripción. Nunca cumplió. 

La pareja resultó adjudicataria en mayo de 2016 y recibió el inmueble en julio de ese año. Según el hombre y la mujer, la casa fue inicialmente habitada, hasta que iniciaron obras de cerramiento y ampliaciones. Durante la obra, según dijeron, se vieron imposibilitados de habitarla, aun conociendo las consecuencias que el incumplimiento de la habitabilidad acarreaba. Sin embargo, quedó demostrado en la causa que la vivienda nunca fue habitada; porque entre otras pruebas; no hubo consumo de agua, energía eléctrica ni gas natural. Además, del acta de desalojo surge que no contaba con cocina y calefón. Por otra parte, el inspector del IPV no observó signos de habitabilidad ni presencia de bienes muebles. La casa presentaba yuyos altos, no tenía porta lámparas y las ventanas tenían hojas de diarios. Una vecina del frente, además, manifestó que la vivienda se encontraba deshabitada.

Precisamente por esas irregularidades, el IPV emplazó a la familia para que concrete de inmediato la ocupación. Hubo nuevas inspecciones de habitabilidad del IPV y el resultado fue similar: no se encontraron a los amparistas. Por ello y previo dictamen jurídico, en mayo de 2017 se dispuso revocar la adjudicación. Recién en agosto pasado, la adjudicataria pidió que se deje sin efecto la desadjudicación, petición contestada de inmediato por el IPV. Siete meses después, la pareja interpuso el amparo, cuya improcedencia surgió de modo incontrastable.

Tanto es así que dice el fallo del juez Domínguez que "la falta de cumplimiento de una obligación esencial de los adjudicatarios de ocupar el inmueble en forma efectiva con el grupo familiar declarado dentro del plazo establecido, debidamente constatada por el Instituto, dio derecho a concretar el trámite de desadjudicación cumplido, por lo que no hay acto u omisión arbitrario e ilegal en tal proceder".

Ratifica el juez Domínguez que por mandato constitucional, la acción de amparo es admisible frente a cualquier decisión, acto u omisión de la autoridad pública -salvo la judicial-, o de particulares que, en forma actual o inminente, lesionen, restrinjan, alteren o amenacen, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, los derechos y garantías explícita o implícitamente reconocidos por las Constituciones de la Nación y de la Provincia, a los fines del cese de la lesión consumada o de la amenaza. Como sostiene la Corte Suprema de la Nación, "el amparo es un proceso excepcional, utilizable en las delicadas y extremas situaciones en las que, por carencia de otras vías legales aptas, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales y exige, para su apertura, circunstancias muy particulares caracterizadas por la presencia de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta que, ante la ineficacia de los procedimientos ordinarios, origina en el amparista un daño concreto y grave, sólo eventualmente reparable por este camino urgente y expeditivo", lo cual no sucedió en este caso, en el que se agotaron todas las instancias por vía administrativa y aceptadas desde el principio por los adjudicatarios, al firmar la tenencia Precaria de la Vivienda.

Agrega el magistrado que "una adecuada interpretación de las normas contenidas en la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia, conduce a ratificar que el amparo se sigue manteniendo como vía de excepción, de modo que sendas reformas constitucionales no lo han constituido en un medio procedimental ordinario, siendo inviable la pretensión para reemplazar a las vías previstas para la solución de debates".

Comentarios

  • juan

    esto es la muy bueno, espero que no se destruya, entregandole, a señores como Facundo Saenz. Gaston Galindez. Frida Fonseca. Mario Siares. Matias Posadas. Emiliano Godooy y muchos que nunca participaron en sorteos

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  • susana

    que no vayan los acomadados de siempre porque hay algun padrino alli la casa es para ellos quien puede mas cuando hay plata y acomadodado el ipv alli esta

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  • YO

    Me parece bien que se haga esto, porque hay familias que realmente necesitan un lugar donde estar, y estos se dan el gusto de no vivir en el lugar, a todos tendrian que controlar.-

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  • Griselda

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  • Fiscal

    Algún día va a caer el presidente del ipv No se olviden de lo que digo ya Lo van a pescar recibiendo coimas ;) ... esta desadjudicacion es la puntita del hilo Y hay miles de puntita por unir Y llegar al final .... esta gente que la adjudican y no viven nunca o no pagan la cuota nunca misteriosamente siempre son elegidos y el responsable es el director o sus funcionarios del ipv este tipo tiene una asociación ilícita que se cren intocables pero tanto estos usureros como el presidente del ipv son cómplices en diferentes grados Porque las vivienda que da el Estado gracias al aporte tributario de la provincia no son privados para que dispongan al ipv como si fuera López fleming o biella.

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  • verguenza

    .. y la casa de el barrio universidad católica ? para cuando? tiene miles de denuncias desde hace diez años!!!! pero como es un acomodado de vaya a saber que funcionario ni lo tocan!! ahora la tiene de deposito de autos y recibe turistas. vive en barrio el prado o san luis, es propietario y recibió de herencia el 50% de una casa de España al 300. ademas de muuuchas casas en otros barrios.

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  • Vecina de barrio parque gral belgrano

    Me oarece genial. Que esperan para hacer lo mismo en el ex Velódromo?? En mz.201 c casa14. Nunca la habitaron desde hace mas de 4 años. Siempre estuvo alquilada.y jamás la visitó el ipv. Lis inquilinos que se van dejaron a una perrita abandonada porque se fueron a una casa nueva que le adjudicaron propia el el huaico este año.y ahora hay otros inquilinos nuevos....

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  • Lo sé todo.

    Hay un par de fotografos, muy pudientes ellos, que tienen casa en el Huaico. Y la remodelaron...conviertiendolas en mansiones...y como hacemos?

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  • Jose

    De esta manera deberian hacer con todas las casas y sortearlas de nuevo a los que estamos en una lista hace varios años esperando o buscar prioridades segun la necesidad.

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  • Jj

    Y debe ser unas de las tantas viviendas que tiene esta pareja,hacen mansiones en las casas del ipv y no creo q sean personas que ganen menos de 17 mil.
    Y ese es uno de los requisitos para la inscripción,las casas se dan a los conocidos de...,y los demás bien gracias.

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