Política

La Corte ordenó crear un programa alternativo para los alumnos que no son católicos

La Corte de Justicia de Salta hizo lugar parcialmente al recurso de apelación contra la sentencia que en un amparo había ordenado prohibir las prácticas religiosas en las escuelas de la Provincia.

Ordenó que tales prácticas deberán efectuarse durante el horario fijado para la enseñanza de la materia y estableció que el Poder Ejecutivo deberá arbitrar un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica.

Recordó que “la libertad religiosa, aplicada al ámbito de la enseñanza escolar, no debe ni puede ser entendida en el sentido de la exclusión de todo lo religioso. La libertad se centra en la aptitud de elegir sin presiones físicas, morales o psíquicas el camino que lleve a la plenitud del ser”.

En la causa, la Corte expresa que “se verifica la tensión entre los derechos de quienes quieren que sus hijos reciban educación religiosa y los que no lo quieren” por lo que la solución debe compatibilizar ambos derechos y no suprimir el de una de las partes.

De allí que sostuviera que “a fin de respetar las normas nacionales e internacionales que consagran los derechos a la libertad e igualdad, se debe garantizar el derecho de todos los niños que asisten a la escuela pública primaria de tener un espacio curricular para ser educados en sus creencias religiosas y de un espacio de contenido general para aquellos que no deseen recibir una instrucción religiosa específica”.

Fuente: Fm 89.9

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